El uso de algoritmos e inteligencia artificial para organizar turnos, repartir tareas o evaluar el rendimiento ya no es ciencia ficción: es el día a día de muchas empresas. La Inspección de Trabajo ha anunciado una campaña específica para vigilar cómo se utilizan estos sistemas en las grandes tecnológicas y plataformas digitales, y el Estatuto de los Trabajadores ya reconoce derechos concretos frente al control digital. En esta guía repasamos qué dice la ley, qué puede pedir la Inspección y qué deberían hacer tanto empresas como personas trabajadoras.
¿Por qué la Inspección de Trabajo mira ahora a los algoritmos?
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo ha anunciado recientemente una campaña específica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar el uso de algoritmos en las grandes tecnológicas que operan en España, citando expresamente plataformas como Uber, Cabify o Amazon. El objetivo declarado es controlar el “uso del control algorítmico sobre los trabajadores” y evitar situaciones de vigilancia extrema, como medir tiempos de descanso o desplazamientos al detalle.


Aunque el foco mediático está en las grandes plataformas, el mensaje es claro si una empresa usa algoritmos o sistemas de IA para organizar el trabajo, y esas decisiones afectan a las condiciones laborales, al acceso o al mantenimiento del empleo, la Inspección puede pedir explicaciones y documentación.
Lo que dice el Estatuto de los Trabajadores sobre los algoritmos
El Estatuto de los Trabajadores no habla sólo de jornadas, salarios o despidos, desde hace algunos años incluye referencias directas al uso de algoritmos, en concreto el derecho de información sobre algoritmos (artículo 64.4.d del Estatuto de los trabajadores -ET-).
La llamada “Ley Rider” (Ley 12/2021, de 28 de septiembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales) modificó el art. 64 ET para reconocer a los comités de empresa y delegados de personal un derecho específico de información sobre los algoritmos que se utilizan en la empresa.
Se introduce una nueva letra d) en el artículo 64.4 del ET, con la siguiente redacción:
«d) Ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.»
Así, pues la norma obliga a informar sobre los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
Qué implica este derecho de información sobre el algoritmo utilizado.
Este derecho se aplica a cualquier empresa que utilice algoritmos para:
- decidir renovaciones, ascensos o despidos.
- seleccionar personal;
- asignar turnos, rutas o cargas de trabajo;
- evaluar el rendimiento o fijar incentivos;
El Ministerio de Trabajo, en su Guía sobre información algorítmica en el ámbito laboral, exige que esta información sea significativa, es decir que explique la lógica del sistema, qué datos usa, qué variables son más relevantes y qué impacto puede tener sobre las condiciones laborales.

¿Qué puede pedirte la Inspección de Trabajo si tu empresa usa algoritmos?
En una empresa que utiliza IA o algoritmos para gestionar la plantilla, la Inspección de Trabajo puede pedir, entre otros, los siguientes elementos:
- Identificación de los algoritmos utilizados
- Qué procesos afectan (selección, turnos, evaluación, incentivos, etc.).
- Si las decisiones son automatizadas o sólo asistidas por la herramienta.
- Documentación sobre el funcionamiento básico del sistema
- Parámetros relevantes, reglas de decisión y objetivos del algoritmo.
- Tipos de datos personales tratados (geolocalización, tiempos de conexión, métricas de productividad, valoraciones de clientes, etc.).
- Pruebas de información a la representación legal de las personas trabajadoras
- Actas o comunicaciones donde se haya informado del algoritmo, en cumplimiento del art. 64.4.d ET.
- Políticas internas de uso de dispositivos y control digital
- Política de uso de dispositivos digitales y correo corporativo.
- Protocolos de videovigilancia y geolocalización, vinculados al art. 20 bis ET y a la LOPDGDD.
- Medidas para evitar discriminaciones y sesgos
- Registros de revisión del algoritmo.
- Criterios para corregir decisiones automatizadas cuando afectan de forma injustificada a determinados colectivos (por ejemplo, por edad, género o nacionalidad).
Claves prácticas para empresas
Aportamos algunas medidas que una empresa debería adoptar si utiliza algoritmos en la gestión laboral:
- Mapear los algoritmos: saber qué herramientas se utilizan, para qué sirven y qué decisiones influyen.
- Preparar un “dossier algorítmico”: una explicación clara, no técnica, que pueda entregarse al comité de empresa y a la Inspección si lo solicitan.
- Revisar los contratos y cláusulas informativas de protección de datos para incluir el tratamiento algorítmico.
- Formar a mandos intermedios y RRHH: no basta con tener un software, hay que saber qué límites legales tiene su uso.
Así se reduce el riesgo de sanciones y de conflictos individuales o colectivos.
Claves prácticas para las personas trabajadoras
Desde la perspectiva de quien sufre o percibe un “control algorítmico” excesivo, conviene tener claros algunos puntos:
- Puedes pedir información a través de tus representantes legales (comité, delegados), que tienen derecho a conocer los parámetros básicos del algoritmo que afecta a tus condiciones laborales.
- Si consideras que una decisión automatizada te ha perjudicado (por ejemplo, la asignación de peores turnos o una sanción basada en datos de una app), puedes impugnarla y exigir revisión humana combinando normas laborales y de protección de datos.
- Ante situaciones de abuso, siempre es posible acudir a la Inspección de Trabajo para denunciar un uso irregular de algoritmos o de herramientas de control.
Servicios de LEGALIA que pueden ayudarte
En LEGALIA ayudamos y acompañamos tanto a empresas como a personas trabajadoras en este nuevo escenario de algoritmos laborales:
- Asesoramos a empresas en la revisión de sus sistemas de control digital, políticas internas y cumplimiento del art. 64.4.d del Estatuto de los Trabajadores.
- Realizamos auditorías jurídico-laborales para preparar a la organización ante una posible actuación de la Inspección de Trabajo.
- Defendemos a las personas trabajadoras frente a decisiones automatizadas, vulneraciones de intimidad o exceso de control tecnológico.
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Si tu empresa utiliza algoritmos o herramientas de IA para organizar el trabajo, o si eres trabajador/a y sientes que la tecnología se ha convertido en un control excesivo sobre tu día a día, en LEGALIA podemos ayudarte. Ponte en contacto con nuestro equipo para una primera valoración jurídica de tu caso y solicita una consulta sin compromiso.



